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El
debate por el Acuerdo Nuclear con Australia
El
24 de septiembre último tomó estado público
la denominada "Declaración de Academias Nacionales
acerca del Acuerdo de Cooperación Argentina-Australia
en los usos pacíficos de la Energía Nuclear".
Dicho texto avala la ratificación por parte del Congreso
Nacional del Acuerdo Nuclear mencionado. Esta Declaración
tiene por objeto, según las Academias firmantes, "ayudar
a esclarecer la opinión pública, la cual está
siendo confundida por campañas de agitación
y propagación de temores, tan tendenciosas como infundadas
desde el punto de vista de la seriedad científica".
Las organizaciones que se oponen al tratado, reunidas por
este tema opinan:
"Todo hace suponer que el documento hace de este modo
referencia a las "campañas" desarrolladas
por las organizaciones no gubernamentales, las que han permitido
conocer las verdaderas implicancias del contrato firmado por
INVAP en Australia y sacar a la luz pública
el insólito Acuerdo firmado por la Cancillería
Argentina en agosto del año pasado. Ninguna de las
denuncias y de las informaciones expuestas por las organizaciones
ambientalistas ha podido ser desmentida y se ha ido comprobando
sistemáticamente cada una de ellas.
"La reacción de las organizaciones no gubernamentales
ha logrado desbaratar lo que estaba planificado desde su inicio
para que pase desapercibido frente a la opinión pública
y a los demás organismos del Estado. Recordemos que
ha sido básicamente el accionar de las ONGs lo que
evitó que se aprobara sobre tablas el Acuerdo y permitió
que hoy exista un debate abierto sobre el tema, que se discuta
en el Congreso y que la Sociedad pueda informarse, tanto de
los aspectos científicos, como jurídicos y políticos
del tema.
"Seguidamente la Declaración realiza una reseña
de la actividad nuclear en la Argentina pretendiendo que la
misma sea suficiente para soslayar y minimizar todo juicio
crítico sobre la misma. La apelación a que en
el año 1950 se creó la CNEA y eso "ha
convertido a la Argentina en un país nuclear"
la escuchamos reiteradamente, siempre con el propósito
de cerrar debates y retirar de la agenda de discusión
toda posibilidad de revisión de cualquier decisión
en la materia. Nada más alejado del espíritu
crítico y racional que debería signar el accionar
de todo organismo científico. Por el contrario, se
parece mucho más a una reacción corporativa.
"La Declaración señala que "estiman
oportuno destacar también la seriedad profesional"
de la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN). Notable e inoportuno
párrafo, teniendo en cuenta que el rol jugado por la
ARN, particularmente durante la presidencia del Lic. Eduardo
D'amato, ha sido vital para llevar adelante esta operación
de manera secreta y contando con una cooperación sospechosa
e inapropiada entre INVAP y la ARN. Recordemos que el "aval"
dado por la ARN surge de una nota enviada por INVAP en donde
se sugiere los términos en que la ARN debía
expedirse. Las ONGs han denunciado esa situación y
hasta las actuales autoridades reconocieron lo inapropiado
de ese vínculo entre el ente regulador y una empresa
regulada.
"Luego de sus argumentos políticos, no científicos,
la Declaración comienza a desarrollar los aspectos
jurídicos del tema en cuestión. Los mismos son
una repetición de los argumentos generados por la empresa
INVAP sin ningún agregado que indique un análisis
pormenorizado del tema por parte de las Academias firmantes.
"Sobre estos argumentos, es notable que la Declaración
ignore las verdaderas implicancias del Artículo 12
del Acuerdo con Australia. Se desconoce que la Argentina
se obliga ante Australia a brindarle tratamiento a los combustibles
gastados australianos si Australia lo solicita. Tanto para
Australia como para INVAP, el tratamiento en la Argentina
no es una opción más, es la segunda opción
luego de la prioritaria que es realizarlo en Francia.
"Recordemos que las remesas de residuos comenzaría
en el 2013 y finalizarían en el 2060. Obviamente en
ese lapso es perfectamente posible que la opción de
reprocesar en Francia pueda verse obstaculizada. Por eso Australia
quiere firmar ahora este compromiso con la Argentina. La Declaración
de las Academias sobre esto sólo procura minimizar
el compromiso que asume el Estado Nacional frente a Australia.
Esto además es contradictorio con la defensa que se
hace de la importación de residuos lo cual según
las Academias sería deseable y por sí misma
justificaría este compromiso.
"Tampoco tiene en consideración que tanto INVAP
como CNEA han dado muestras claras de sus intenciones de que
el Estado Nacional asuma al tratamiento de basura radiactiva
como un nicho de negocios para la Argentina.
"Luego, en relación al Art.41 de la Constitución
Nacional, las Academias señalan que "lo que
se trata aquí no es materia de opiniones personales,
sino cuestiones técnicas que deben dilucidar los peritos
en la materia de acuerdo a definiciones precisas, establecidas
por acuerdos internacionales y reflejadas en la legislación
nacional". Coincidimos en esta apreciación.
"Citando a la ARN, la Declaración dice que los
combustibles gastados no son "per se" residuos
radiactivos. Este es el criterio más difundido en la
literatura y normativas en la materia. Esto indica que los
combustibles gastados son residuos o no lo son dependiendo
de ciertas circunstancias, definiciones y consideraciones
técnicas. Sin embargo, la Declaración de las
Academias no desarrolla ninguna de estas consideraciones para
saber en qué caso se incluirían los combustibles
gastados australianos.
"La Declaración sólo cita la Convención
Conjunta para utilizar el equívoco argumento de que
esa Convención define separadamente ambas cosas: combustibles
gastados y residuos radiactivos.
Si las Academias analizaran el tema se darían cuenta
de que:
1)
Las normas legales dictadas en la Argentina (Ley 25.018
o Ley Müller) definen expresamente a los combustibles
irradiados como residuos radiactivos.
2)
La Convención Conjunta deja librada a las normas
específicas de cada país la definición
de residuos radiactivos, es decir que, en el caso argentino,
estaría dada por la Ley Müller.
3)
Las dos definiciones que se dan en la Convención
Conjunta no son mutuamente excluyentes, un combustible gastado
es un residuo radiactivo si el mismo es regulado y tratado
como residuo radiactivo.
4)
Adoptando el criterio técnico usual en esta materia,
cuando el combustible gastado no va a ser reprocesado, esto
es extraerle plutonio y uranio, el mismo es considerado
un residuo radiactivo.
"Como el tratamiento que recibirán en la Argentina
los combustibles gastados australianos es "acondicionamiento",
no "reprocesamiento" (no hay ningún
tipo de recuperación de material), técnicamente
no hay otro modo de considerar a lo que se pretende ingresar
que no sea residuo radiactivo, puesto que en definitiva, recibirán
un tratamiento de residuos radiactivos. Por otro lado la normativa
legal argentina a aplicarse es clara al respecto.
"Pero nada de todo esto aparece en la Declaración
de las Academias, sin embargo, la misma dice que "tratando
la cuestión con seriedad, no vemos que se pueda arribar
a otra conclusión que no sea que el Acuerdo con Australia
en modo alguno contraviene la Constitución Nacional"
"Finalmente, la Declaración se hace eco de los
constitucionalistas que señalan que el "ingreso"
temporario de residuos radiactivos no está prohibido
por la Constitución. Al respecto vale citar al Juez
Bernardo Nespral cuando señala que "Nuestra
Ley suprema no distingue si el ingreso de residuos peligrosos
y radiactivos debe ser temporario o definitivo, prohíbe
el ingreso, lisa y llanamente. Un principio jurídico
nos enseña que donde la ley no distingue no debemos
distinguir (ubi lex nec distinguit nec nos distinguere
debemus)" .
"El debate en torno al Acuerdo con Australia desnuda
la profunda crisis de las instituciones argentinas, para las
que el cumplimiento de la ley y de las reglas de juego, supone
conductas que se adaptan a las oportunidades y las conveniencias
sectoriales. Todas estas maniobras se justifican a sí
mismas esgrimiendo el conocido argumento de que no aceptar
lo que se propone significa el abismo o "empujarnos
a la pobreza y el atraso", como señala la
Declaración de las Academias.
"La sociedad argentina ha vivido en las últimas
décadas como rehén de este tipo de disyuntivas,
en las que pareciera que debemos siempre aceptar lo más
insólito porque de otro modo sobrevendrá el
caos. La situación a la que nos ha conducido esa práctica
para forzar la aprobación de leyes, acuerdos internacionales
y demás decisiones políticas no es precisamente
el país que prometían sus defensores.
"Es llamativo que no ratificar el Acuerdo con Australia,
tal como ha sido concebido por los australianos, cuyo objetivo
excluyente es su Artículo 12, signifique "condenar
al fracaso a la industria nuclear argentina" o que
el mismo sea de "vital importancia para que esta actividad
pueda continuar y para que Argentina realice su destino tecnológico".
No creemos que estemos ante semejante disyuntiva. No creemos
que el compromiso ilegal que asumió la empresa INVAP
en Australia deba ser legalizado y asumido por el Estado Nacional
avalando la presión que ejercen el gobierno de ese
país y quienes negociaron un pésimo Acuerdo
que relega soberanía argentina en la materia por los
próximos 60 años.
Octubre 2002
Firman este documento más de 140 ONGs de todo el país.
La nómina completa puede leerse en: www.basuranuclear.org.ar
1- La Declaración ha sido firmada por: Academia Nacional
de Ciencias de Buenos Aires, Academia Nacional de Ciencias
en Córdoba, Academia Nacional de Ciencias Exactas,
Físicas y Naturales, Academia Nacional de Educación,
Academia Nacional de Ingeniería, Academia Nacional
de Medicina.
2 - "Yo no hubiera aceptado esa nota",
Lic. Diana Clein, actual presidenta de la ARN, en referencia
a la nota enviada por INVAP a la ARN en 1999 (Versión
taquigráfica de la reunión con la Comisión
de Relaciones Exteriores y Culto de la Cámara de Diputados
el 6/5/02)
3 - Se han publicado numerosos informes mostrando que para
los organismos nucleares nacionales e internacionales esta
definición es válida. Como nuevo ejemplo de
ello podemos citar a la International Energy Agency, que en
su informe "Nuclear Power in the OECD (2001)" dice:
"If spent fuel is not reprocessed, its entire volume
is considered as high level waste". Como se puede ver,
técnicamente el tema no tiene controversia.
4 - Fragmento de la carta enviada por el Juez Nacional
en lo Civil Dr. Bernardo Nespral a la Embajadora de
Australia, Da. Sharyn Minahan, el 19/9/02.
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