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La minoría en la comisión de Energía y Combustibles aconseja el rechazo al acuerdo nuclear con Australia

 

 

Las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto y de Energía y Combustibles de la Cámara de Diputados de la Nación han considerado el proyecto de ley en revisión por el cual se aprueba el Acuerdo sobre Cooperación en los Usos Pacíficos de la Energía Nuclear, suscripto en Canberra, Australia, el 8 de agosto de 2001 entre la Argentina y Australia, el que tiene media sanción de la Cámara de Senadores.


En un informe firmado por los diputados Rubén Giustiniani, Carlos Raimundi y Mario Bonasina, la minoría en ese cuerpo, expone sus razones para el rechazo del acuerdo:


- El ingreso al país de desechos radiactivos proveniente de Australia es violatorio del artículo 41 de la Constitución Nacional.

- La aprobación sienta un muy negativo precedente para el futuro sobre la política Argentina en materia de recepción y tratamiento de residuos radiactivos.

- Es una política de Estado en tanto sitúa a la Argentina en una nueva posición (justamente aquella que la Constitución Nacional de 1994 quiso evitar) en el comercio mundial de residuos radiactivos.

- La necesidad de estudiar en paralelo el contrato INVAP-ANSTO con el Acuerdo Internacional.

- El desarrollo científico - tecnológico debe ocupar un lugar fundamental en la política de gobierno, pero tal desarrollo debe darse en el marco institucional, en el respeto a la Constitución y a las leyes.


El contrato INVAP-ANSTO y el Acuerdo Internacional que permite el ingreso al país de desechos radiactivos proveniente de Australia son violatorios del artículo 41 de la Constitución Nacional. De hecho, la aprobación del Acuerdo mencionado no es sólo un elemento legislativo favorable al ingreso de desechos radiactivos en este caso en particular. Al permitir, por primera vez, el ingreso de combustibles radiactivos desde el exterior, el Acuerdo sienta un muy negativo precedente para el futuro sobre la política Argentina en materia de recepción y tratamiento de residuos radiactivos generados en otros países. Es una verdadera política de Estado en tanto sitúa a la Argentina en una nueva posición (justamente aquella que la Constitución Nacional de 1994 quiso evitar) en el comercio mundial de residuos radiactivos.


Ante un tema de tan extrema relevancia era necesario que esta Cámara de Diputados contara con toda la información necesaria de los alcances e implicancias del contrato INVAP-ANSTO y se estudiara en paralelo con el Acuerdo Internacional. Ello hubiera permitido a los Sres. Legisladores evaluar sobre bases más sólidas la posición a tomar en relación con el Acuerdo Argentina-Australia, sino que además, contribuiría a definir cuál es la política que nuestro país quiere y debe adoptar en relación con la cuestión nuclear y más específicamente, con todo lo relativo a la gestión de combustibles irradiados.


En este sentido el desarrollo científico - tecnológico debe ocupar un lugar fundamental en cualquier política de gobierno, más aún en un país como el nuestro, que atraviesa una de las crisis más profundas de toda su historia. Pero tal desarrollo debe darse en el marco institucional, en el respeto a la Constitución y a las leyes.

Dictámen de la Minoría en la Comisión de Energía (Bajar archivo)

Editor: Hernando Albornoz. Editado en Buenos Aires, República Argentina. Las notas firmadas no necesariamente reflejan la opinión del editor. Prohibida su reproducción total o parcial (Ley 17.319)

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