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Facultad de Medicina en contra del Acuerdo Nuclear

 

 

Visto:


- Que el Estatuto de la UNR en el Artículo 1, inc. a, establece como principio constitutivo de la misma, "adquirir, acrecentar y transmitir críticamente el conocimiento, orientando a la formación plena de mujeres y hombres con compromiso social y elevado sentido de la ética republicana".


- Que en ese mismo artículo, en el inc. d, se propone "afirmar y sustentar su compromiso social a través de todo tipo de prestaciones e interrelaciones con los distintos sectores de la sociedad, tanto a nivel local, nacional e internacional", y el inc. f plantea como principio "desarrollar sus funciones y actividades en un marco de irrestricto respeto por el medio ambiente...".


- Que el inc. g del mismo artículo, sostiene "garantizar y sostener el respeto irrestricto por los derechos humanos".


- Que en junio del 2000, INVAP, empresa dependiente de la provincia de Río Negro y de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), obtuvo la licitación para construir un rector nuclear de isótopos radiactivos en Australia;


- Que luego de investigar las cláusulas existentes se supo que una de las condiciones era que el combustible nuclear gastado no debía permanecer en el suelo australiano y que el INVAP propuso traerlo a la Argentina, siendo esta importación violatoria del Artículo 41 de la Constitución Nacional;


- Que por esto fue necesario una negociación entre gobiernos para darle "cobertura legal" a la clara inconstitucionalidad, por lo que el Ministro de Relaciones Exteriores Dr. Alberto Rodríguez Giavarini firmó un tratado de cooperación nuclear con su par australiano, y luego el Senado de la Nación aprobó el acuerdo en noviembre del 2001, en el mayor de los silencios y sin tratarse en ninguna comisión;


- Que en la Cámara de Diputados este intento fracasó debido a la fuerte oposición pública, y, es actualmente estudiado en la Comisión de Relaciones Exteriores de dicha Cámara;


y considerando:


- Que en el caso que el congreso nacional apruebe este acuerdo, sentaría un precedente histórico favorable a la introducción de residuos radioactivos al territorio nacional.


- Que el acuerdo significa un cambio en la política asumida por el Estado Nacional por medio de la Reforma Constitucional de 1994, por la cual Argentina se mantenía al margen del negocio de los residuos radiactivos.


- Que de llegarse a concretar, se estaría abandonando la posición sostenida por Argentina, en materia conjunta con Brasil, Chile y Uruguay, que se oponen al transporte marítimo de materiales altamente radiactivos.


- Que el Poder Ejecutivo Nacional, en enero del año pasado, prohibió el ingreso al territorio nacional y aguas jurisdiccionales al buque "Pacific Swan", el cual transportaba residuos de alta radiactividad que llevaba de Francia a Japón, por considerarlo violatorio del artículo 41 de la Constitución Nacional.


- Que dicho acuerdo implica que el Estado Nacional ignora la mayoritaria opinión pública adversa a este tipo de negocios, en la actualidad la gran mayoría de argentinos se expresa contrariamente a que se habilite el ingreso de los residuos australianos.


- Que tanto Francia como Inglaterra están pagando un precio ambiental y social muy alto por poseer plantas de reprocesamiento de material radiactivo, y que este tipo de políticas compartidas por ambos países están siendo fuertemente criticadas por la Comunidad Europea.


- Que en este escenario internacional planteado, Argentina se presenta, (para aquellos interesados en "limpiar sus tierras"), como un lugar ideal para la instalación de dichas empresas, convirtiendo nuestro territorio en un basurero nuclear.


- Que la basura nuclear es la materia prima para fabricar artefactos nucleares con fines bélicos, quedando de esta manera como blanco de futuros ataques terroristas.


- Que todos los argentinos debemos saber que tanto por el artículo 3 de la ley 25018 como por las definiciones contenidas en la Convención del Organismo Internacional de Energía Atómica de 1997, el combustible agotado que nos enviaría Australia es residuo radiactivo, y que también es residuo radiactivo lo que le devolveríamos.


- Que en consecuencia, si lo que viene de Australia y lo que se les devuelve son residuos radioactivos, tanto el contrato suscripto entre INVAP y ANSTO como los acuerdos que lo avalan violan el artículo 41 de la Constitución Nacional y son por lo tanto "ilegales".


- Que dicho acuerdo no representa ni favorece desarrollo tecnológico alguno, mas bien promueve prácticas tecnológicas con fuertes resistencias en otros países y en nuestra propia sociedad.


-Que el tiempo estimado para que un residuo nuclear pierda su peligrosidad, es de 10000 (diez mil) años, lo que implica que el aceptar traerlos a nuestro país, es una demostración de la mas descalificable ausencia de solidaridad: la Transgeneracional.


- Que en materia de energía nuclear, no existe el "riesgo cero", y ejemplo de esto, son los accidentes de Chernobyl (ex Unión Soviética), Three Miles Island (USA), Sellafield (Inglaterra), lo que implica una grave amenaza para la salud de nuestras próximas generaciones.


- Que el ciclo de "Promoción de la Salud" de la Currícula innovada de la Facultad de Ciencias Médicas de la U.N.R. se encuentra el área "El ser y su medio", en donde se desarrollarán temáticas relacionadas con el manejo de distintos tipos de basuras, asumiendo una fuerte posición acerca de la estrecha relación que existe entre éstas y la salud.


- Que los EEUU tienen hoy un grave problema en su territorio por el tratamiento final de los residuos nucleares, y han trasladado la actividad de Gestión de éstos residuos al sector privado, y que esto, como actividad comercial, está amparada por las letras del Tratado de Libre Comercio de las Américas (ALCA).


- Que por ese Tratado, (que nuestro Gobierno pretende firmar), los países firmantes resignan cualquier consideración sanitaria , social, ambiental, a los intereses y mandatos del "interés comercial" de las empresas privadas de los países firmantes.


- Que en el marco del libre comercio, es impensado un cargamento comercial de residuos nucleares argentinos a los EEUU, pero sí es anticipable el cargamento de ello hacia nuestras tierras. Y el ALCA lo permitirá.


- Que son los Diputados Nacionales quienes tienen hoy la responsabilidad de decidir sobre el futuro de nuestro país, y de nuestros hijos y nietos.


- Que por lo tanto es necesario establecer algún tipo de presión social, para que los Diputados representen al pueblo, y voten contra el Acuerdo Nuclear con Australia, respetando así nuestra Constitución Nacional.


- Que en el marco de la Campaña Nacional de Lucha Contra el Acuerdo Nuclear con Australia, el Centro de Estudiantes de la Facultad de Cs. Médicas el pasado miércoles 16 del corriente, realizó una actividad frente al ingreso de esta Casa de Altos Estudios, junto a miembros del Taller Ecologista de Rosario y representantes de Greenpeace Argentina, cuyo objetivo fue brindar información a la sociedad respecto de esta problemática.


- Que existen ya en el País más de 170 organizaciones sociales (entre las que se encuentra el Centro de Estudiantes de Cs. Médicas), que han manifestado su oposición a este acuerdo, a través de la página www.basuranuclear.org.ar.


- Que sería muy importante el hecho que la Facultad y la UNR se sumen a este movimiento en defensa de la Constitución Nacional, y de la vida de las actuales y futuras generaciones.

 

Por ello, el Consejo Directivo resuelve:


Artículo 1:
Declarar a la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Rosario, "Facultad en Contra del Acuerdo Nuclear con Australia".


Artículo 2: Sumarse a la campaña nacional de lucha contra el Acuerdo que viola nuestra Constitución, enviando a los Diputados Nacional por la Provincia de Santa Fe, una copia de esta resolución, y una carta expresando el mandato de voto negativo al acuerdo.


Artículo 3: Invitar a los otros Consejos Directivos de la UNR, y al Consejo Superior, a sumarse a la lucha en defensa de la Constitución Nacional, y de la vida de las actuales y futuras generaciones.


Artículo 4: De forma.

 

Rosario, 21 de octubre de 2002

Editor: Hernando Albornoz. Editado en Buenos Aires, República Argentina. Las notas firmadas no necesariamente reflejan la opinión del editor. Prohibida su reproducción total o parcial (Ley 17.319)

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