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La
ley para el fortalecimiento de las pequeñas
y medianas empresas mineras tiene media sanción
La
iniciativa establece la creación de un Registro Nacional
de Pequeños y Medianos Productores Mineros en el ámbito
de la Nación y fija como beneficios para el sector
tanto reintegros a las exportaciones, como así también
un programa de financiamiento y asistencia técnica
para ese tipo de Pymes.
Además,
establece que los beneficiarios del régimen "podrán
computar como pago de otras obligaciones fiscales, los saldos
técnicos del IVA" cuando se originen
de Pymes mineras domiciliadas en la República Argentina
e incluidas en el registro creado por esta misma normativa.
En otro orden, fija que los sujetos beneficiarios podrán
computar como crédito fiscal en el Impuesto al Valor
Agregado "los montos abonados en concepto de
contribuciones patronales y que estarán exceptuados
del pago del impuesto sobre los intereses pagados y el costo
financiero del endeudamiento empresarial".
A su vez, contempla la exclusión de las Pymes mineras
de la tasa sobre el gasoil prevista en el artículo
4 del decreto 802/01 cuando ese combustible se utilice en
las tareas de "prospección, exploración,
extracción de minerales, su transporte interno dentro
del yacimiento y la generación de energía eléctrica
propia". También las exceptúa
del impuesto a la ganancia mínima presunta.
Proveedores
En tanto, para las Pymes proveedoras de bienes e insumos
para la actividad minera, el proyecto que obtuvo media sanción
de Diputados también contempla la creación de
un registro para este rubro, la exención de aranceles
a las importaciones, y la posibilidad de deducir del impuesto
a las ganancias el 100 por ciento de los montos pagados en
concepto de estudios de mercado, desarrollo de productos e
investigación aplicada.
Tanto
para el paso de las Pymes mineras como de las proveedoras
de bienes e insumos para la actividad minera, la iniciativa
prevé un cuadro de infracciones y sanciones que van
desde la caducidad de la inscripción y de los beneficios
otorgados al momento de la comisión de la falta y la
suspensión de hasta un año de los beneficios
que prevé otorgar.
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