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Foro de Ecología Política: Un acuerdo equivocado

 

El "Acuerdo entre la República Argentina y Australia sobre Cooperación en los usos Pacíficos de la Energía Nuclear" presenta serios inconvenientes que deben motivar su rechazo por el Congreso Nacional. Las objeciones que hace el Foro de Ecología Política se resumen en los siguientes puntos:


1) Este Acuerdo posee en su artículo 12 la presunción de que el tratamiento o acondicionamiento de los combustibles gastados del reactor vendido por una empresa argentina puede ser realizado en el territorio nacional. Tal suposición colisiona con la Constitución Nacional que, en su Artículo 41, prohibe de manera explícita y manifiesta el ingreso de residuos radiactivos al territorio nacional. Las diversas lecturas que se hacen para eludir esa prohibición, aludiendo que se trata de un ingreso temporario de residuos radiactivos o procurando calificar a esos materiales a ingresar como "combustibles nucleares gastados", carecen de fundamento y lógica. Pretender soslayar el texto constitucional en una materia tan clara y precisa es una maniobra inaceptable.


2) Este Acuerdo obliga al Estado Nacional frente a Australia a realizar el tratamiento de los combustibles gastados sin que exista ninguna justificación para hacerlo. Dicho compromiso fue asumido por una empresa argentina, cuyo contrato se enmarca en el derecho privado, y no existe razón alguna que justifique que deba ser el Estado Nacional el que asuma ahora ese compromiso. El Estado Nacional debe brindar un marco de cooperación bilateral tecnológica y nuclear similar al que ya ha asumido con diferentes países del mundo. Los compromisos a asumir por parte del Estado Nacional deben estar debidamente justificados tanto en los aspectos políticos y económicos, como en los técnicos. Ninguno de estos aspectos se encuentran debidamente fundado en el presente Acuerdo y sólo se ha buscado con él amparar un aspecto controversial de un contrato privado que de ningún modo emerge de una política aprobada por el Estado Nacional .


3) El Acuerdo obligaría al Estado Nacional a desarrollar líneas de investigación e inversiones en materia de acondicionamiento de combustibles gastados de reactores de investigación cuando el Estado Nacional aún no ha discutido ni aprobado un programa de gestión integral de residuos nucleares. Dicho plan nunca fue aprobado por el Poder Ejecutivo ni por el Congreso Nacional, tal como lo exigen las leyes vigentes. Claramente se pretende tomar decisiones parciales que condicionarán la definición de prioridades generales en materia de gestión de residuos nucleares a nivel nacional. No es ese el modo en que se deben adoptar decisiones en materias tan delicadas.


4) El Acuerdo compromete al Estado Nacional en una política de gestión de residuos radiactivos del Estado Australiano que ha motivado preocupación y críticas en su propia población y en otros Estados. Avalar la actual política australiana de enviar a reprocesar o acondicionar combustibles gastados fronteras afuera implica contrariar los reclamos de los gobiernos europeos que procuran el cese de las actividades de reprocesamiento en ese continente, la preocupación expresada por los países del Pacífico Sur y del Cono Sur en relación al transporte marítimo de materiales altamente radiactivos. Supone también el abandono de la posición sostenida por Argentina de manera conjunta con Brasil, Uruguay y Chile, crítica a los mencionados transportes. Argentina no puede avalar prácticas en esta materia que están cada vez más aisladas políticamente a nivel internacional.


5) El Acuerdo significa avalar una política equivocada de gestión de combustibles gastados tanto en Australia como en Argentina. Para los residuos generados, la política en esta materia debería estar enfocada en la gestión y almacenamiento seguro en superficie, en medios secos, con capacidad de recuperabilidad de los materiales y con un horizonte de tiempo de varias décadas. Esta práctica que era la que se venía realizando en la Argentina se ve ahora drástica y repentinamente modificada por la existencia de un compromiso comercial. Resulta inaceptable que este sea el modo en que se deciden políticas en esta materia.


6) El Acuerdo implica el cambio de una política asumida por el Estado Nacional con la reforma Constitucional de 1994 por la que Argentina se mantenía al margen del negocio de los residuos radiactivos. Al mismo tiempo deja de respaldar de ese modo la política de que cada país debe ser responsable y gestionar de manera integral los productos, residuos y emisiones que produzcan sus actividades industriales y nucleares. Nunca se discutió este cambio de posición. De no mediar las denuncias de las organizaciones no gubernamentales, no hubo ningún organismo del Estado o Ente de control que plantease esta situación ni al público ni al Congreso Nacional.


7) El Acuerdo implica que el Estado Nacional ignora la mayoritaria opinión pública adversa a este tipo de negocios. La opinión pública argentina y diferentes organizaciones sociales se han manifestado en el pasado contrarias a este tipo de negocios y acuerdos. En la actualidad un 86% de los argentinos se expresan contrarios a que se habilite el ingreso de los residuos australianos[1]. Es claro que el Acuerdo no sólo está falto de legitimidad sino que también carece de respaldo por parte de la opinión pública. Aprobarlo significa abrir la puerta a una interminable serie de controversias y conflictos futuros.


8) El Acuerdo con Australia ignora la expresa prohibición constitucional y por lo tanto abona el terreno, eliminando esa barrera constitucional, para otros acuerdos y contratos comerciales que impliquen operaciones como la que se plantea con Australia. Son numerosas las declaraciones de técnicos y profesionales del sector nuclear que están promoviendo este Acuerdo en base al negocio que abriría este para la Argentina. Tal negocio es inaceptable, es incompatible con un desarrollo sustentable para nuestro país. Nadie puede votar este Acuerdo ignorando o haciendo oídos sordos a las múltiples voces que han expresado que esto es el inicio de un negocio mayor y que de ningún modo representará una situación excepcional sino la definición de una política.


9) Avalar el Acuerdo implica añadir riesgos innecesarios en la actividad nuclear en Argentina y a escala global. Argentina no tiene necesidad alguna de correr los riesgos que implica el transporte por miles de kilómetros por mar y tierra de estos materiales y de su tratamiento. A lo que debe añadirse, en el actual contexto, el sumar una vulnerabilidad en materia de riesgos terroristas. Pareciera que se ignorara que las instalaciones y transportes de estos materiales son blancos en este sentido y deben por lo tanto otorgárseles el máximo nivel de seguridad. No es este el tipo de compromisos que Argentina debe asumir, máxime teniendo en cuenta nuestra experiencia en esta materia.


10) El Acuerdo significa pasar por alto las irregularidades cometidas por diversas autoridades y funcionarios que operaron para que la opinión pública Argentina ignorara los alcances del compromiso asumido por la empresa argentina INVAP frente a Australia. También significa avalar a quienes sin ningún tipo de escrúpulos se comprometieron ante Australia soslayando los problemas legales de esta operación. Este Acuerdo significa premiar la falta de transparencia, la política del hecho consumado y la ausencia de controles creíbles, que en esta materia no puede ser subestimados.


11) El Acuerdo no representa ni favorece desarrollo tecnológico alguno, más bien promueve prácticas tecnológicas con fuertes resistencias en otros países y en nuestra propia sociedad. Se busca justificarlo por el hecho de que Argentina ya tiene enormes inversiones hechas en el Centro Atómico Ezeiza en el proyecto llamado LPR o Laboratorio de Procesos Radioquímicos[2].


Ese proyecto representa uno de los gigantescos errores de la política nuclear argentina, producto del afán militarista de la Dictadura Militar. A los varios cientos de millones de dólares dilapidados en ese proyecto ahora se le quiere sumar otro error de proporciones con este Acuerdo. Una cooperación tecnológica "apropiada" en esta área sería un acuerdo de cooperación en materia de gestión de residuos de reactores de investigación "in situ" y de remediación en minería de uranio. Esos son rubros en los que ambos países podrían cooperar tecnológicamente, superar deudas pendientes en sus propios territorios y resolver problemas inconclusos con el apoyo de sus poblaciones y organizaciones sociales.


12) Avalar este Acuerdo significará profundizar aún más el divorcio que históricamente existe entre la actividad nuclear en la Argentina y la sociedad. El sector nuclear no ha podido aún dar muestras de tener verdadera vocación de respeto por las reglas de juego que le ha impuesto la democracia. Luego de más de 40 años de políticas discrecionales y sin controles, recién en la última década el Estado Nacional estableció reglas de juego claras para este sector. La Constitución Nacional de 1994, la Ley Nacional sobre la Actividad Nuclear (1997) y la Ley sobre Residuos Radiactivos (1998) conforman un marco jurídico muy reciente. Sin embargo, todavía existen serias dificultades, producto de resabios del pasado, para que muchos de los funcionarios del sector nuclear se adecuen a este nuevo marco de legalidad y transparencia. El Acuerdo con Australia es un producto de la política del hecho consumado que subestima a la sociedad y al resto de los organismos del Estado.

Por las anteriores razones recomendamos:

La no ratificación por el Congreso Nacional del "Acuerdo entre la República Argentina y Australia sobre Cooperación en los Usos Pacíficos de la Energía Nuclear" firmado en Canberra (Australia) el 8 de agosto de 2001.
Foro de Ecología Política

Editor: Hernando Albornoz. Editado en Buenos Aires, República Argentina. Las notas firmadas no necesariamente reflejan la opinión del editor. Prohibida su reproducción total o parcial (Ley 17.319)

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