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Foro
de Ecología Política: Un
acuerdo equivocado
El
"Acuerdo entre la República Argentina y Australia
sobre Cooperación en los usos Pacíficos de la
Energía Nuclear" presenta serios inconvenientes
que deben motivar su rechazo por el Congreso Nacional. Las
objeciones que hace el Foro de Ecología Política
se resumen en los siguientes puntos:
1) Este Acuerdo posee en su artículo 12 la presunción
de que el tratamiento o acondicionamiento de los combustibles
gastados del reactor vendido por una empresa argentina puede
ser realizado en el territorio nacional. Tal suposición
colisiona con la Constitución Nacional que, en su Artículo
41, prohibe de manera explícita y manifiesta el ingreso
de residuos radiactivos al territorio nacional. Las diversas
lecturas que se hacen para eludir esa prohibición,
aludiendo que se trata de un ingreso temporario de residuos
radiactivos o procurando calificar a esos materiales a ingresar
como "combustibles nucleares gastados", carecen
de fundamento y lógica. Pretender soslayar el texto
constitucional en una materia tan clara y precisa es una maniobra
inaceptable.
2) Este Acuerdo obliga al Estado Nacional frente a
Australia a realizar el tratamiento de los combustibles gastados
sin que exista ninguna justificación para hacerlo.
Dicho compromiso fue asumido por una empresa argentina, cuyo
contrato se enmarca en el derecho privado, y no existe razón
alguna que justifique que deba ser el Estado Nacional el que
asuma ahora ese compromiso. El Estado Nacional debe brindar
un marco de cooperación bilateral tecnológica
y nuclear similar al que ya ha asumido con diferentes países
del mundo. Los compromisos a asumir por parte del Estado Nacional
deben estar debidamente justificados tanto en los aspectos
políticos y económicos, como en los técnicos.
Ninguno de estos aspectos se encuentran debidamente fundado
en el presente Acuerdo y sólo se ha buscado con él
amparar un aspecto controversial de un contrato privado que
de ningún modo emerge de una política aprobada
por el Estado Nacional .
3) El Acuerdo obligaría al Estado Nacional
a desarrollar líneas de investigación e inversiones
en materia de acondicionamiento de combustibles gastados de
reactores de investigación cuando el Estado Nacional
aún no ha discutido ni aprobado un programa de gestión
integral de residuos nucleares. Dicho plan nunca fue aprobado
por el Poder Ejecutivo ni por el Congreso Nacional, tal como
lo exigen las leyes vigentes. Claramente se pretende tomar
decisiones parciales que condicionarán la definición
de prioridades generales en materia de gestión de residuos
nucleares a nivel nacional. No es ese el modo en que se deben
adoptar decisiones en materias tan delicadas.
4) El Acuerdo compromete al Estado Nacional en una
política de gestión de residuos radiactivos
del Estado Australiano que ha motivado preocupación
y críticas en su propia población y en otros
Estados. Avalar la actual política australiana de enviar
a reprocesar o acondicionar combustibles gastados fronteras
afuera implica contrariar los reclamos de los gobiernos europeos
que procuran el cese de las actividades de reprocesamiento
en ese continente, la preocupación expresada por los
países del Pacífico Sur y del Cono Sur en relación
al transporte marítimo de materiales altamente radiactivos.
Supone también el abandono de la posición sostenida
por Argentina de manera conjunta con Brasil, Uruguay y Chile,
crítica a los mencionados transportes. Argentina no
puede avalar prácticas en esta materia que están
cada vez más aisladas políticamente a nivel
internacional.
5) El Acuerdo significa avalar una política
equivocada de gestión de combustibles gastados tanto
en Australia como en Argentina. Para los residuos generados,
la política en esta materia debería estar enfocada
en la gestión y almacenamiento seguro en superficie,
en medios secos, con capacidad de recuperabilidad de los materiales
y con un horizonte de tiempo de varias décadas. Esta
práctica que era la que se venía realizando
en la Argentina se ve ahora drástica y repentinamente
modificada por la existencia de un compromiso comercial. Resulta
inaceptable que este sea el modo en que se deciden políticas
en esta materia.
6) El Acuerdo implica el cambio de una política
asumida por el Estado Nacional con la reforma Constitucional
de 1994 por la que Argentina se mantenía al margen
del negocio de los residuos radiactivos. Al mismo tiempo deja
de respaldar de ese modo la política de que cada país
debe ser responsable y gestionar de manera integral los productos,
residuos y emisiones que produzcan sus actividades industriales
y nucleares. Nunca se discutió este cambio de posición.
De no mediar las denuncias de las organizaciones no gubernamentales,
no hubo ningún organismo del Estado o Ente de control
que plantease esta situación ni al público ni
al Congreso Nacional.
7) El Acuerdo implica que el Estado Nacional ignora
la mayoritaria opinión pública adversa a este
tipo de negocios. La opinión pública argentina
y diferentes organizaciones sociales se han manifestado en
el pasado contrarias a este tipo de negocios y acuerdos. En
la actualidad un 86% de los argentinos se expresan contrarios
a que se habilite el ingreso de los residuos australianos[1].
Es claro que el Acuerdo no sólo está falto de
legitimidad sino que también carece de respaldo por
parte de la opinión pública. Aprobarlo significa
abrir la puerta a una interminable serie de controversias
y conflictos futuros.
8) El Acuerdo con Australia ignora la expresa prohibición
constitucional y por lo tanto abona el terreno, eliminando
esa barrera constitucional, para otros acuerdos y contratos
comerciales que impliquen operaciones como la que se plantea
con Australia. Son numerosas las declaraciones de técnicos
y profesionales del sector nuclear que están promoviendo
este Acuerdo en base al negocio que abriría este para
la Argentina. Tal negocio es inaceptable, es incompatible
con un desarrollo sustentable para nuestro país. Nadie
puede votar este Acuerdo ignorando o haciendo oídos
sordos a las múltiples voces que han expresado que
esto es el inicio de un negocio mayor y que de ningún
modo representará una situación excepcional
sino la definición de una política.
9) Avalar el Acuerdo implica añadir riesgos
innecesarios en la actividad nuclear en Argentina y a escala
global. Argentina no tiene necesidad alguna de correr los
riesgos que implica el transporte por miles de kilómetros
por mar y tierra de estos materiales y de su tratamiento.
A lo que debe añadirse, en el actual contexto, el sumar
una vulnerabilidad en materia de riesgos terroristas. Pareciera
que se ignorara que las instalaciones y transportes de estos
materiales son blancos en este sentido y deben por lo tanto
otorgárseles el máximo nivel de seguridad. No
es este el tipo de compromisos que Argentina debe asumir,
máxime teniendo en cuenta nuestra experiencia en esta
materia.
10) El Acuerdo significa pasar por alto las irregularidades
cometidas por diversas autoridades y funcionarios que operaron
para que la opinión pública Argentina ignorara
los alcances del compromiso asumido por la empresa argentina
INVAP frente a Australia. También significa avalar
a quienes sin ningún tipo de escrúpulos se comprometieron
ante Australia soslayando los problemas legales de esta operación.
Este Acuerdo significa premiar la falta de transparencia,
la política del hecho consumado y la ausencia de controles
creíbles, que en esta materia no puede ser subestimados.
11) El Acuerdo no representa ni favorece desarrollo
tecnológico alguno, más bien promueve prácticas
tecnológicas con fuertes resistencias en otros países
y en nuestra propia sociedad. Se busca justificarlo por el
hecho de que Argentina ya tiene enormes inversiones hechas
en el Centro Atómico Ezeiza en el proyecto llamado
LPR o Laboratorio de Procesos Radioquímicos[2].
Ese proyecto representa uno de los gigantescos errores de
la política nuclear argentina, producto del afán
militarista de la Dictadura Militar. A los varios cientos
de millones de dólares dilapidados en ese proyecto
ahora se le quiere sumar otro error de proporciones con este
Acuerdo. Una cooperación tecnológica "apropiada"
en esta área sería un acuerdo de cooperación
en materia de gestión de residuos de reactores de investigación
"in situ" y de remediación en minería
de uranio. Esos son rubros en los que ambos países
podrían cooperar tecnológicamente, superar deudas
pendientes en sus propios territorios y resolver problemas
inconclusos con el apoyo de sus poblaciones y organizaciones
sociales.
12) Avalar este Acuerdo significará profundizar
aún más el divorcio que históricamente
existe entre la actividad nuclear en la Argentina y la sociedad.
El sector nuclear no ha podido aún dar muestras de
tener verdadera vocación de respeto por las reglas
de juego que le ha impuesto la democracia. Luego de más
de 40 años de políticas discrecionales y sin
controles, recién en la última década
el Estado Nacional estableció reglas de juego claras
para este sector. La Constitución Nacional de 1994,
la Ley Nacional sobre la Actividad Nuclear (1997) y la Ley
sobre Residuos Radiactivos (1998) conforman un marco jurídico
muy reciente. Sin embargo, todavía existen serias dificultades,
producto de resabios del pasado, para que muchos de los funcionarios
del sector nuclear se adecuen a este nuevo marco de legalidad
y transparencia. El Acuerdo con Australia es un producto de
la política del hecho consumado que subestima a la
sociedad y al resto de los organismos del Estado.
Por
las anteriores razones recomendamos:
La no ratificación por el Congreso Nacional del
"Acuerdo entre la República Argentina y Australia
sobre Cooperación en los Usos Pacíficos de la
Energía Nuclear" firmado en Canberra (Australia)
el 8 de agosto de 2001.
Foro de Ecología Política
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