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La cuestión del "tercer país" en el acuerdo nuclear

 

 

Son numerosas las declaraciones de funcionarios de CNEA e INVAP que procuran instalar en la opinión pública la idea de que el Acuerdo Nuclear con Australia no significa realmente que la Argentina deba realizar el tratamiento de los residuos nucleares del reactor australiano en el país. Repiten insistentemente que la Argentina puede realizar ese tratamiento en un "tercer país". Un ejemplo de ese tipo de declaraciones es la siguiente:


- Darío Jinchuk de Relaciones Bilaterales de la Comisión Nacional de Energía Atómica señaló que este "servicio debería ser motivo de una contratación específica a celebrarse en su oportunidad, con la intervención de la Autoridad Regulatoria Nuclear y la Comisión Nacional de Control de Exportaciones Sensitivas y Material Bélico".


"En esa hipotética circunstancia, que hasta ahora no se ha dado, Invap tiene la opción de acondicionarlos en la Argentina, o en un tercer país que ofrezca comercialmente este servicio, devolviendo a Australia en cualquiera de los casos los elementos combustibles acondicionados, así como los residuos resultantes de ese procesamiento", sostuvo.
En la actualidad, empresas de Francia, Inglaterra y Rusia realizan este tipo de acondicionamiento para terceros países.


- INVAP a través de un documento oficial lo señala: Técnicamente, ello puede hacerse en la Argentina, pues se cuenta con las instalaciones, pero si no se puede utilizar esa infraestructura (u otra) en el país, se puede recurrir a un tercer país.


- Un documento distribuido por la Unión Cívica Radical (partido de oposición) dice: En el caso del Art. 12, "asegurar" significa que puede hacerlo en la Argentina o en otro lugar, ya que nuestro país puede gestionar sus compromisos en cualquier lugar del planeta. Como se puede ver, se asume que el Artículo 12 del Acuerdo no representa una obligación de la Argentina de tratar en instalaciones locales.


- El Diputado Nacional Luis Cigogna (Partido Justicialista-oficialista), uno de los firmantes del dictamen favorable al Acuerdo de la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto ha dicho: "El pliego licitatorio estableció que las empresas oferentes debían comprometerse, en caso de pedirlo Australia, a acondicionar en su propio territorio o en el de un tercer país el combustible irradiado, para luego reingresarlo a Australia junto con los residuos resultantes para su depósito".


La opción del "tercer país" es falsa y no es ése el compromiso que asume el gobierno argentino en su Acuerdo con Australia. Para Australia, si no se envía ese material a Francia, la opción es hacerlo tratar en la Argentina. Esto lo explican:


- Departamento Australiano de Asuntos Exteriores y Comercio (DFAT): "Australia mantendrá el contrato con COGEMA, y espera que todo el combustible utilizado de Lucas Heights sea reprocesado en Francia, no en Argentina. Si bien el acuerdo con la Argentina prevé la posibilidad de que el combustible utilizado del reactor que está siendo construido en Lucas Heights pueda ser enviado a la Argentina para su procesamiento, sólo es una clausula de resguardo ante cualquier eventualidad. En el caso que se de dicha situación, el Acuerdo especifica que los desechos resultantes del procesamiento del combustible utilizado deben volver a Australia."


- Parlamento Australiano: "Mientras que la estrategia gubernamental de manejo de combustibles utilizados y desechos prevé mediante un contrato entre ANSTO y COGEMA, que todo el combustible radioactivo sea reprocesado en Francia, las plantas de procesamiento argentinas podrían llegar a ser necesarias en el caso de que el procesamiento en Francia no sea posible. Australia estaría obligada bajo esta cláusula a permitir el retorno de todos los desechos y otros productos derivados del acondicionamiento y reprocesamiento."


Fuente: Greenpeace Argentina

Editor: Hernando Albornoz. Editado en Buenos Aires, República Argentina. Las notas firmadas no necesariamente reflejan la opinión del editor. Prohibida su reproducción total o parcial (Ley 17.319)

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