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Un
acuerdo equivocado según el FEP
El Foro de Ecología Política expone las razones
por las que recomienda la no ratificación por el Congreso
Nacional del "Acuerdo entre la República Argentina
y Australia sobre Cooperación en los Usos Pacíficos
de la Energía Nuclear", firmado en Canberra
(Australia) el 8 de agosto de 2001.
El
"Acuerdo entre la República Argentina
y Australia sobre Cooperación en los usos Pacíficos
de la Energía Nuclear" presenta serios
inconvenientes que deben motivar su rechazo por el Congreso
Nacional. Las objeciones que hacemos al mismo se desarrollan
en los siguientes puntos:
1) Este Acuerdo posee en su artículo
12 la presunción de que el tratamiento o acondicionamiento
de los combustibles gastados del reactor vendido por una empresa
argentina puede ser realizado en el territorio nacional. Tal
suposición colisiona con la Constitución Nacional
que, en su Artículo 41, prohibe de manera explícita
y manifiesta el ingreso de residuos radiactivos al territorio
nacional. Las diversas lecturas que se hacen para eludir esa
prohibición, aludiendo que se trata de un ingreso temporario
de residuos radiactivos o procurando calificar a esos materiales
a ingresar como "combustibles nucleares gastados",
carecen de fundamento y lógica. Pretender soslayar
el texto constitucional en una materia tan clara y precisa
es una maniobra inaceptable.
2) Este Acuerdo obliga al Estado Nacional frente a
Australia a realizar el tratamiento de los combustibles gastados
sin que exista ninguna justificación para hacerlo.
Dicho compromiso fue asumido por una empresa argentina,
cuyo contrato se enmarca en el derecho privado, y no existe
razón alguna que justifique que deba ser el Estado
Nacional el que asuma ahora ese compromiso. El Estado Nacional
debe brindar un marco de cooperación bilateral tecnológica
y nuclear similar al que ya ha asumido con diferentes países
del mundo. Los compromisos a asumir por parte del Estado Nacional
deben estar debidamente justificados tanto en los aspectos
políticos y económicos, como en los técnicos.
Ninguno de estos aspectos se encuentran debidamente fundado
en el presente Acuerdo y sólo se ha buscado con él
amparar un aspecto controversial de un contrato privado que
de ningún modo emerge de una política aprobada
por el Estado Nacional.
3) El Acuerdo obligaría al Estado Nacional
a desarrollar líneas de investigación e inversiones
en materia de acondicionamiento de combustibles gastados de
reactores de investigación cuando el Estado Nacional
aún no ha discutido ni aprobado un programa de gestión
integral de residuos nucleares. Dicho plan nunca
fue aprobado por el Poder Ejecutivo ni por el Congreso Nacional,
tal como lo exigen las leyes vigentes. Claramente se pretende
tomar decisiones parciales que condicionarán la definición
de prioridades generales en materia de gestión de residuos
nucleares a nivel nacional. No es ese el modo en que se deben
adoptar decisiones en materias tan delicadas.
4) El Acuerdo compromete al Estado Nacional en una
política de gestión de residuos radiactivos
del Estado Australiano que ha motivado preocupación
y críticas en su propia población y en otros
Estados. Avalar la actual política australiana
de enviar a reprocesar o acondicionar combustibles gastados
fronteras afuera implica contrariar los reclamos de los gobiernos
europeos que procuran el cese de las actividades de reprocesamiento
en ese continente, la preocupación expresada por los
países del Pacífico Sur y del Cono Sur en relación
al transporte marítimo de materiales altamente radiactivos.
Supone también el abandono de la posición sostenida
por Argentina de manera conjunta con Brasil, Uruguay y Chile,
crítica a los mencionados transportes. Argentina no
puede avalar prácticas en esta materia que están
cada vez más aisladas políticamente a nivel
internacional.
5) El Acuerdo significa avalar una política
equivocada de gestión de combustibles gastados tanto
en Australia como en Argentina. Para los residuos
generados, la política en esta materia debería
estar enfocada en la gestión y almacenamiento seguro
en superficie, en medios secos, con capacidad de recuperabilidad
de los materiales y con un horizonte de tiempo de varias décadas.
Esta práctica que era la que se venía realizando
en la Argentina se ve ahora drástica y repentinamente
modificada por la existencia de un compromiso comercial. Resulta
inaceptable que este sea el modo en que se deciden políticas
en esta materia.
6) El Acuerdo implica el cambio de una política
asumida por el Estado Nacional con la reforma Constitucional
de 1994 por la que Argentina se mantenía al margen
del negocio de los residuos radiactivos. Al mismo
tiempo deja de respaldar de ese modo la política de
que cada país debe ser responsable y gestionar de manera
integral los productos, residuos y emisiones que produzcan
sus actividades industriales y nucleares. Nunca se discutió
este cambio de posición. De no mediar las denuncias
de las organizaciones no gubernamentales, no hubo ningún
organismo del Estado o Ente de control que plantease esta
situación ni al público ni al Congreso Nacional.
7) El Acuerdo implica que el Estado Nacional ignora la mayoritaria
opinión pública
adversa a este tipo de negocios. La opinión
pública argentina y diferentes organizaciones sociales
se han manifestado en el pasado contrarias a este tipo de
negocios y acuerdos. En la actualidad un 86% de los argentinos
se expresan contrarios a que se habilite el ingreso de los
residuos australianos (Encuesta de Mori Argentina, Julio
2002). Es claro que el Acuerdo no sólo está
falto de legitimidad sino que también carece de respaldo
por parte de la opinión pública. Aprobarlo significa
abrir la puerta a una interminable serie de controversias
y conflictos futuros.
8) El Acuerdo con Australia ignora la expresa prohibición
constitucional y por lo tanto abona el terreno, eliminando
esa barrera constitucional, para otros acuerdos y contratos
comerciales que impliquen operaciones como la que se plantea
con Australia. Son numerosas las declaraciones de
técnicos y profesionales del sector nuclear que están
promoviendo este Acuerdo en base al negocio que abriría
este para la Argentina. Tal negocio es inaceptable, es incompatible
con un desarrollo sustentable para nuestro país. Nadie
puede votar este Acuerdo ignorando o haciendo oídos
sordos a las múltiples voces que han expresado que
esto es el inicio de un negocio mayor y que de ningún
modo representará una situación excepcional
sino la definición de una política.
9) Avalar el Acuerdo implica añadir riesgos
innecesarios en la actividad nuclear en Argentina y a escala
global. Argentina no tiene necesidad alguna de correr
los riesgos que implica el transporte por miles de kilómetros
por mar y tierra de estos materiales y de su tratamiento.
A lo que debe añadirse, en el actual contexto, el sumar
una vulnerabilidad en materia de riesgos terroristas. Pareciera
que se ignorara que las instalaciones y transportes de estos
materiales son blancos en este sentido y deben por lo tanto
otorgárseles el máximo nivel de seguridad. No
es este el tipo de compromisos que Argentina debe asumir,
máxime teniendo en cuenta nuestra experiencia en esta
materia.
10) El Acuerdo significa pasar por alto las irregularidades
cometidas por diversas autoridades y funcionarios que operaron
para que la opinión pública Argentina ignorara
los alcances del compromiso asumido por la empresa argentina
INVAP frente a Australia. También significa
avalar a quienes sin ningún tipo de escrúpulos
se comprometieron ante Australia soslayando los problemas
legales de esta operación. Este Acuerdo significa premiar
la falta de transparencia, la política del hecho consumado
y la ausencia de controles creíbles, que en esta materia
no puede ser subestimados.
11) El Acuerdo no representa ni favorece desarrollo
tecnológico alguno, más bien
promueve prácticas tecnológicas con fuertes
resistencias en otros países y en nuestra propia sociedad.
Se busca justificarlo por el hecho de que Argentina ya tiene
enormes inversiones hechas en el Centro Atómico Ezeiza
en el proyecto llamado LPR o Laboratorio de Procesos Radioquímicos
(Este proyecto era una planta de reprocesamiento para
la obtención de plutonio y uranio a partir de combustibles
gastados). Ese proyecto representa uno de los gigantescos
errores de la política nuclear argentina, producto
del afán militarista de la Dictadura Militar. A los
varios cientos de millones de dólares dilapidados en
ese proyecto ahora se le quiere sumar otro error de proporciones
con este Acuerdo. Una cooperación tecnológica
"apropiada" en esta área
sería un acuerdo de cooperación en materia de
gestión de residuos de reactores de investigación
"in situ" y de remediación
en minería de uranio. Esos son rubros en los que ambos
países podrían cooperar tecnológicamente,
superar deudas pendientes en sus propios territorios y resolver
problemas inconclusos con el apoyo de sus poblaciones y organizaciones
sociales.
12) Avalar este Acuerdo significará profundizar aún
más el divorcio que históricamente existe entre
la actividad nuclear en la Argentina y la sociedad.
El sector nuclear no ha podido aún dar muestras de
tener verdadera vocación de respeto por las reglas
de juego que le ha impuesto la democracia. Luego de más
de 40 años de políticas discrecionales y sin
controles, recién en la última década
el Estado Nacional estableció reglas de juego claras
para este sector. La Constitución Nacional de 1994,
la Ley Nacional sobre la Actividad Nuclear (1997)
y la Ley sobre Residuos Radiactivos (1998) conforman
un marco jurídico muy reciente. Sin embargo, todavía
existen serias dificultades, producto de resabios del pasado,
para que muchos de los funcionarios del sector nuclear se
adecuen a este nuevo marco de legalidad y transparencia. El
Acuerdo con Australia es un producto de la política
del hecho consumado que subestima a la sociedad y al resto
de los organismos del Estado.
Creado
en agosto de 2002, el Foro tiene como objetivo el análisis,
diseño e implementación de propuestas que promuevan
participativamente la construcción de una sociedad
sustentable.
Coordinación General del FEP
Dr. Jorge Daneri
E-mail: jdaneri@gamma.com.ar
Lic. Pablo Bergel
E-mail: pablobergel@house.com.ar
Jorge Cappato
E-mail: jcproteg@arnet.com.ar
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