Home /Legislativas
Canales
Cambio Climático
Energías limpias
Energía Eólica
Energía Solar
Bio Combustibles
Celdas Combust.
Calidad
Normalización
Ambiente
Eventos
Capacitación
Lecturas
Debates
Inversiones
Tecnología
Pymes
Turismo Sustentable
Energía Nuclear
Inv. y Desarrollo
Legislación
Legislativas
Resoluciones
Desarrollo Sustentable
Empresas
Miscelaneas
Links
Relacionados
Recomendados
Nosotros
Contáctese
Suscribase
Correo
 

Proyecto de ley de Acceso a los Recursos Genéticos

 

 


Los diputados de la Nación que integran la comisión de Recursos Naturales del Congreso Nacional aprobaron el proyecto de Ley para la regulación del acceso a los recursos genéticos de diversidad biológica sobre flora y fauna en la Argentina.


La iniciativa surgió de los diputados del Movimiento Popular Neuquino, Luis Jalil y Encarnación Lozano, quienes se encargaron de estudiar el tema hasta concluir en un borrador que consta de 30 artículos.


La iniciativa tiene como objetivo principal la adopción de las acciones que correspondan para lograr una justa y equitativa participación en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, realizar un aprovechamiento sostenible de sus componentes, regular el acceso a los recursos genéticos de biodiversidad y fomentar programas de investigación.


Este es el primer y único proyecto nacional que trata el tema en el historia legislativa y cuenta con características singulares como es el derecho de preferencia, según los autores.


Se entiende por tal que, en el caso de que surja un producto alimenticio o medicinal derivado de recursos nacionales, la Argentina tendrá acceso preferencial a los mismos otorgándole mejores condiciones al momento de adquirir los mismos por ser el proveedor del recurso.


El documento fue enriquecido con legislación comparada, experiencias de otros países y, por supuesto, con el aporte del resto de los integrantes de la comisión para que se apruebe una ley consensuada y completa”, comentó Jalil.


El proyecto, así mismo, le otorga a las provincias la primacía a la hora de otorgar los permisos para el acceso a los recursos siempre respetando la jurisdicción de la que se trate en cada caso.


En cuanto a los permisos de acceso, la legislación le otorga la autoridad concedente a la Nación y a las provincias según la jurisdicción en la que se encuentre el recurso biogenético y sobre la base del cumplimiento de algunos requisitos que establece la ley.


Más Información (Ver Texto Completo)

Editor: Hernando Albornoz. Editado en Buenos Aires, República Argentina. Las notas firmadas no necesariamente reflejan la opinión del editor. Prohibida su reproducción total o parcial (Ley 17.319)

Download: Netscape Download: Internet Explorer Download: Flash Download: Quicktime Optimizado en 800x600
Requiere ciertos plug-ins para su visualización.